¿Cuándo se puede cazar ciervo en Comunidad de Madrid?
Periodo hábil, días de la semana y cupo de ciervo en Comunidad de Madrid en la temporada 2026-2027.
Veda del ciervo en Comunidad de Madrid
La veda del ciervo en Comunidad de Madrid, en detalle
En la temporada 2026-2027, ciervo es cazable en Comunidad de Madrid del 1 de septiembre de 2026 al 21 de febrero de 2027. La caza mayor se organiza en torno al plan anual de aprovechamiento de cada coto.
Los días hábiles son según el plan del coto. Jueves, sábados, domingos y festivos de carácter estatal o autonómico.
Recuerda que estas son las condiciones máximas que permite la orden autonómica. El plan técnico de tu coto puede ser más restrictivo, y en terrenos de régimen especial (reservas, zonas de caza controlada) las condiciones son propias.
Orden de referencia: Orden 2511/2026, de 25 de junio (BOCM nº 159, de 6 de julio de 2026)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se puede cazar ciervo en Comunidad de Madrid?
El periodo hábil de la temporada 2026-2027 es del 1 de septiembre de 2026 al 21 de febrero de 2027.
¿Qué días se puede cazar?
Según el plan del coto. En caza mayor lo habitual es que los días los fije el plan anual de aprovechamiento del coto.
¿Hay cupo por cazador?
La orden no fija un cupo general para esta especie en Comunidad de Madrid, pero el plan técnico del coto puede establecer uno.
¿Qué necesito para cazar ciervo en Comunidad de Madrid?
Licencia de caza de Comunidad de Madrid, seguro de responsabilidad civil, licencia de armas si usas arma de fuego y permiso del coto o del terreno donde vayas a cazar. Entre 10 y 12 € la licencia anual, con tarifas reducidas para mayores de 65 años.